Banco de Chile de Arcos y C.ª. no podrá emitir las células de crédito a que se refiere sus estatutos.

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17 - Abr -1850

 Por Decreto N° 87 (PDF Peso: 2993 kb) del Ministerio de Hacienda de 17 de abril de 1850, se decreta que en lo sucesivo el Banco de Chile  de Arcos y C.ª. no podrá emitir las células de crédito pagaderas al portador a la vista o plazo a que se refiere la partida 5ª del art.18 de sus estatutos. Boletín de las leyes, ordenes  i decretos del Gobierno. Libro XIII.