Empréstito al Estado (Decreto N° 82). Establecimiento de comisión en cada cabecera de Departamento encargada de anotar en un registro las suscripciones patrióticas.

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31 - Mar -1866

Por Decreto N° 82 (PDF Peso: 949 kb) de 31 marzo de 1866, considerando que con motivo de la presente guerra las rentas ordinarias del Estado son insuficientes para las necesidades públicas, y contando con que el patriotismo de los ciudadanos proporcionará al Gobierno los recursos de que ha menester para la defensa del honor nacional. En uso de la autorización que me confiere el inciso 4.º de la Ley de 24 de septiembre de 1865, he acordado y decreto: en cada cabecera de departamento se establecerá una comisión compuesta del primer alcalde, del párroco del lugar y de un empleado de hacienda, encargada de anotar en un registro que se abrirá al efecto las suscripciones patrióticas para el levantamiento de un empréstito nacional. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XXXIV.