Ley General de Bancos (Decreto N° 136). Se agrega inciso relativo al horario bancario, y se exceptúa el día 1 de julio de cada año, en que podrán mantener sus oficinas cerradas durante todo el día.
Más información:
Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
19 - Jun -1875
Por Decreto N° 136 ( Peso: 562 kb) del Ministerio de Hacienda de 19 de junio de 1875, se agrega al artículo 28 de la Ley de Bancos de emisión el siguiente inciso: se exceptúa el día 1 de julio de cada año, en que podrán mantener sus oficinas cerradas durante todo el día. Anguita, Ricardo. Leyes promulgadas en Chile. Tomo II.