Superintendencia de Bancos (DL N° 455). Artículo 3° transitorio establece supervisión de sociedades financieras.
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13 - May -1974
Por Decreto Ley N° 455 ( Peso: 17886 kb) del Ministerio de Hacienda de 13 de mayo de 1974, publicado en el Diario Oficial N° 28.859 de 25 de mayo de 1974. Fija disposiciones para las operaciones de crédito de dinero. Art. 3°, de los artículos transitorios, establece que las Sociedades Financieras serán supervisadas por la Superintendencia de Bancos. Chile Leyes Decretos. 451 al 500 decretos leyes dictados por la Junta de Gobierno de la República de Chile. pág 15-26.