Ley General de Bancos (Ley Nº 18.815). Se agrega al artículo 83°, N° 11 bis, letra a) "o fondos de inversión" del DFL N° 252 de 1960.

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11 - Jul -1989

Por Ley N° 18.815 (PDF Peso: 1019 kb) del Ministerio de Hacienda de 11 de julio de 1989, publicada en el Diario Oficial de 29 de julio de 1989. Artículo 37°. Agrégase al artículo 83°, N° 11 bis letra a), del Decreto con Fuerza de Ley N° 252, de 1960, a continuación de la expresión "administradoras de fondos mutuos", las palabras: "o fondos de inversión". Contraloría General de la República. Recopilación de leyes y reglamentos. Tomo 95. Pág. 27; 47-48.