Banco Chileno Garantizador de Valores. (1865). Se declara que puden invertirse en ellas los fondos de la Caja de Ahorros para Empleados.

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10 - Ago -1867

Por Decreto N° 100 de 10 de agosto de 1867, se declara comprendidas en el art. 5.° de los Estatutos de la Caja de ahorros para empleados las letras emitidas por el Banco Garantizador de Valores en su sección hipotecaria, considerandolas como letras del crédito hipotecario. Boletín de leyes i decretos del Gobierno. Libro XXXV.