Banco Central de Chile autoriza a los Bancos para devolver, indistintamente billetes o vales para retirar garantías en bonos.

Más información:
Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo

30 - Ene -1926

Por Decreto N° 151 (PDF Peso: 187 kb) de 30 de enero de 1926 del Ministerio de Hacienda se decreta que desde la fecha del presente decreto, los Bancos podrán devolver al Banco Central de Chile indistintamente billetes o vales de tesorería, para los efectos de retirar las garantías constituidas en bonos, en conformidad a las leyes respectivas. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XCV.