Horario y Feriado Bancario (DFL N° 252). Se deroga DFL N° 157, que establece horario para la atención de público en las instituciones bancarias.

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30 - Mar -1960

Por Decreto con Fuerza de Ley N° 252 del Ministerio de Hacienda de 30 de marzo de 1960, publicado en el Diario Oficial N° 24.611, de 4 de abril de 1960, fija el texto de la Ley General de Bancos. Artículo 32° Corresponderá al Superintendente fijar, por resolución que publicará en el Diario Oficial, el horario para la atención del público en el Banco Central de Chile, Banco del Estado de Chile, y bancos comerciales e hipotecarios, debiendo ser  uniforme para todas las oficinas de una misma localidad. Deroga el Decreto con Fuerza de Ley N° 157 de 1931, que estableció las horas de atención al público en las instituciones bancarias. Contraloría General de la República. Recopilación de los decretos con fuerza de ley. Pág. 1026-1058.