Interés Corriente | Interés Máximo Convencional | |
---|---|---|
Operaciones no reajustables en moneda nacional de menos de 90 días | ||
Inferiores o iguales al equivalente de 5.000 unidades de fomento | 11.52 % | 17.28 % |
Superiores al equivalente de 5.000 unidades de fomento | 2.28 % (1) | 3.42 % (2) |
Operaciones no reajustables en moneda nacional 90 días o más | ||
Inferiores o iguales al equivalente de 200 unidades de fomento | 33.46 % | 50.19 % |
Inferiores o iguales al equivalente de 5.000 unidades de fomento y superiores al equivalente de 200 unidades de fomento | 16.02 % | 24.03 % |
Superiores al equivalente de 5.000 unidades de fomento | 4.42 % | 6.63 % |
Operaciones reajustables en moneda nacional | ||
Menores a un año | 3.28 % (3) | 4.92 % (4) |
De un año o más. Inferiores o iguales al equivalente de 2000 unidades de fomento | 4.74 % | 7.11 % |
De un año o más. Superiores al equivalente de 2000 unidades de fomento | 4.14 % | 6.21 % |
Operaciones expresadas en moneda extranjera | 2.82 % | 4.23 % |
(1) Esta tasa rige para los efectos del articulo 16 de la Ley 18.010 y otras leyes que se remiten a la tasa de interes corriente para operaciones no reajustables.
(2) Esta tasa rige para las leyes que se remiten a la tasa de interes maxima convencional para operaciones no reajustables.
(3) Esta tasa rige para los efectos del articulo 16 de la Ley 18.010 y otras leyes que se remiten a la tasa de interes corriente para operaciones reajustables.
(4) Esta tasa rige para las leyes que se remiten a la tasa de interes maxima convencional para operaciones reajustables.