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SBIF emite nueva normativa de liquidez para el sistema bancario

La nueva norma avanza en la implementación de los estándares internacionales para la gestión del riesgo de liquidez (Basilea III), complementando las disposiciones impartidas en esta materia por el Banco Central de Chile.

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La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) publicó hoy la nueva normativa en materia de administración del riesgo de liquidez para la industria bancaria, la cual se mantuvo en consulta pública entre el 10 de febrero y el 10 de mayo de 2015.

La nueva normativa perfecciona las normas vigentes en lo relativo a aspectos de gestión y medición de la posición de liquidez de las empresas bancarias, en concordancia con las mejores prácticas internacionales y con las disposiciones impartidas en el Capítulo III.B.2.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile (BCCh), publicado con fecha 26 de enero de 2015. 

La nueva normativa de esta Superintendencia tiene como principales objetivos:

  • Fortalecer las políticas de gestión del riesgo liquidez en la banca: se establecen las responsabilidades específicas del Directorio en la aprobación de la política de administración de liquidez y se define la responsabilidad de la Alta Administración en la elaboración y cumplimiento de la política y en la implementación del proceso de gestión de liquidez.
  • Aumentar la calidad y cantidad de información entregada al público: se establecen nuevos requerimientos de divulgación de información cuantitativa y cualitativa que ayuden a los inversionistas y depositantes en la toma de decisiones.
  • Aumentar la calidad y cantidad de información entregada a la SBIF: se aumenta la frecuencia y alcance con la que los bancos deberán informar su posición de liquidez a la Superintendencia.
  • Incorporar medidas cuantitativas de Basilea III, sin establecer límites normativos en esta etapa: se introducen las disposiciones necesarias para la implementación de los dos principales indicadores utilizados en Basilea III: la Razón de Cobertura de Liquidez (RCL) y la Razón de Financiamiento Estable Neto (RFEN). En esta primera etapa su medición se establece exclusivamente con fines de monitoreo. Posteriormente, a partir del análisis de la información recibida se harán los ajustes y calibraciones locales necesarios, antes de adoptarlos como requerimientos normativos.
  • Perfeccionar los actuales requerimientos normativos sobre descalces de plazo: se estandarizan los criterios para calibrar los modelos ajustados y se agrega un límite a la medición consolidada del banco con filiales en Chile.

La nueva normativa entra en vigencia a partir de su fecha de emisión, mientras que lo que concierne al reporte y control de las nuevas mediciones se implementará gradualmente. Específicamente, la nueva medición de la situación de liquidez (descalces de plazo) comenzará a partir del 1 de diciembre de 2015. Las demás mediciones (RCL, RFEN y concentraciones de financiamiento) comenzarán a partir del 1 de marzo de 2016.

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