Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras. Facultades, atribuciones y deberes que distintos cuerpos legales dan al Superintendente.

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27 - Oct -1982

Por Resolución N° 176 (PDF Peso: 13282 kb) de Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de 27 de octubre de 1982, vistos las facultades que me confieren los artículos 10 y 12 del DL N° 1.097 de 1975 y lo dispuesto en los artículos 54 y siguientes del DFL. N° 252 de 1960 y sus modificaciones posteriores y la Ley N° 18.046, de sociedades anónimas; y la Resolución N° 135 de 22 de julio de 1982, el Liquidador Delegado de las instituciones financieras en liquidación forzosa mencionadas en la señalada Resolución N° 135, en el cumplimiento de su misión, está expresamente autorizado para actuar con todas las facultades y en la forma y condiciones que establece el artículo 114, inciso tercero de la Ley N° 18.046 sobre sociedades anónimas, correspondiéndole en  consecuencia, las mismas facultades, atribuciones y deberes que la Ley otorga al suscrito en su carácter de Liquidador. Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Archivo legal.