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Firmado Memorándum de Entendimiento del Comité de Superintendentes

El documento tiene por finalidad reforzar los lazos de mutua cooperación y coordinación entre las superintendencias del sector financiero.

El Comité de Superintendentes, que está integrado por los Superintendentes de Bancos e Instituciones Financieras, Gustavo Arriagada; de Valores y Seguros, Guillermo Larraín; y de Pensiones, Solange Berstein, firmó el pasado 30 de junio, un Memorándum de Entendimiento, el cual tiene por finalidad reforzar los lazos de mutua cooperación y coordinación entre las superintendencias. 

Entre las materias que se abordan en el citado documento están:

  • Impulsar el intercambio de conocimiento respecto del enfoque de gestión y supervisión basada en riesgo, con el propósito de fortalecer el cumplimiento de los deberes de fiscalización.
  • Fomentar el análisis de materias regulatorias conjuntas, así como futuras reformas legales de los respectivos sectores regulados.
  • Promover el intercambio de información con el objeto de reforzar la supervisión y fiscalización del mercado financiero en los términos establecidos en el artículo 3° de la Ley 20.190.
  • Apoyar la realización de programas de capacitación relacionados con materias de interés de las superintendencias, así como prestar servicios de cooperación técnica entre las mismas.
  • Promover y fortalecer la educación financiera en la población. Este es un tema de mucho interés para los supervisores ya que contribuye a mejorar la cultura financiera de la población y entregar herramientas esenciales para que los consumidores tomen decisiones financieras apropiadas e informadas.

Debemos recordar que el Comité de Superintendentes se creó en el año 2001 con el objeto de perfeccionar la coordinación entre las superintendencias del área financiera y avanzar hacia una supervisión consolidada, velando por el buen funcionamiento de los mercados financieros. Para ampliar esta coordinación, el año 2006, el Comité integró al Banco Central de Chile como miembro observador.

Dicha estructura se reforzó con la facultad que la Ley 20.190, publicada el 5 de junio de 2007, confirió a los superintendentes respecto de compartir con sus pares cualquier información, excepto aquella sujeta a secreto bancario, con el propósito de velar por el cumplimiento de sus respectivos deberes de fiscalización.